Guía PRL 2025

Manual práctico de Prevención de Riesgos Laborales (PRL)

Aplicable a Empresas, PYMES y Trabajadores Autónomos. Basado en la guía actualizada de la Inspección de Trabajo (2025).

Empresa: Estructuras y Montajes Alhambra
Autor: Departamento de Prevención – Antonio Pérez Uceta
Fecha: Octubre 2025

1. Introducción

La Inspección de Trabajo ha actualizado su guía sobre Prevención de Riesgos Laborales (PRL), aplicable a todas las empresas, pymes y trabajadores por cuenta propia. Este manual resume los requisitos clave para garantizar entornos seguros y mejorar la coordinación entre empresas y autónomos.

2. Principios básicos (RD 171/2004)

  • Información recíproca: empresas y autónomos deben intercambiar información sobre los riesgos de sus actividades cuando coinciden en un mismo centro.
  • Coordinación: es obligatorio coordinar las medidas preventivas y comunicar de inmediato las emergencias.
  • Aplicación real: evitar el cumplimiento meramente formal y la burocracia excesiva.

3. Obligaciones de las empresas

Plan de Prevención (PRL)

  • Identificación de empresa, centros y plantilla.
  • Estructura organizativa: funciones y responsabilidades.
  • Procesos técnicos y procedimientos de trabajo.
  • Modalidad preventiva (propio, ajeno o trabajador designado).
  • Política preventiva: objetivos y recursos.

Requisitos del plan

  • Documento aprobado por el empresario y conocido por toda la plantilla.
  • Integrado en la gestión diaria de la empresa.
  • Actualización periódica y trazabilidad documental.

4. Evaluación de riesgos

La evaluación debe ser realizada por el empresario, un trabajador designado, servicio de prevención propio/mancomunado o servicio de prevención ajeno.

  • Metodología fiable y documentada.
  • Revisión de lugares de trabajo, equipos, EPI, electricidad, atmósferas explosivas, etc.
  • Identificación de medidas preventivas concretas.

5. Contratación con autónomos / subcontratas

  • Informar sobre riesgos del centro y medidas de emergencia.
  • Instrucciones por escrito cuando haya riesgos graves o muy graves.
  • Designar persona(s) para la coordinación preventiva cuando concurran varias condiciones (actividades peligrosas, complejidad, incompatibilidades, etc.).

¿Quién puede coordinar?

  • Trabajadores designados o miembros del servicio de prevención (propio o ajeno).
  • Trabajadores con cualificación/experiencia adecuada.
  • Empresas especializadas en coordinación de actividades.

6. Coordinación y consulta con trabajadores

  • Consultar previamente sobre organización del trabajo y nuevas tecnologías.
  • Designar responsables de prevención y de emergencias.
  • Planificar formación e información en PRL.
  • Actualizar procedimientos de información y documentación.

7. Actividades compartidas

  • Información suficiente antes de iniciar la actividad.
  • Actualizar si cambian las condiciones.
  • Comunicación inmediata en caso de emergencia.
  • Valorar riesgos que surgen o se agravan por la concurrencia.

8. Obligaciones de autónomos

  • Aportar evaluación de riesgos y plan preventivo por escrito.
  • Acreditar formación e información del personal que presta servicios.
  • Si subcontratan: exigir la misma documentación a sus subcontratistas.
  • Empresario principal: verificar coordinaciones y cumplimiento real en el centro de trabajo.

9. Errores comunes detectados

  • Desconocimiento de obligaciones legales.
  • Cumplimiento meramente formal (documentos sin aplicación real).
  • Burocratización excesiva que reduce la eficacia preventiva.

10. Recomendaciones prácticas y sanciones

  • Mantener el plan actualizado y revisado (al menos anual).
  • Coordinar por escrito con empresas concurrentes (registros y actas).
  • Acreditar formación preventiva y simulacros de emergencia.
  • Documentar comunicaciones, evaluaciones y mantenimiento.
  • Revisar periódicamente las medidas adoptadas (indicadores y auditorías internas).

El incumplimiento puede implicar sanciones económicas y responsabilidad legal en caso de accidente.

11. Checklist de cumplimiento

Utiliza esta lista en auditorías internas o antes de iniciar trabajos con empresas concurrentes. Añade fecha y observaciones cuando revises cada punto.

☐ Ítem de verificación Observaciones / Fecha
☐ El Plan de Prevención está actualizado, aprobado y comunicado.
☐ Evaluación de riesgos realizada para todos los puestos y tareas.
☐ Formación e información en PRL acreditada para todo el personal.
☐ Registro documental de coordinación con empresas/autónomos concurrentes.
☐ Responsable/coordinador de prevención designado por escrito.
☐ Revisión periódica de medidas preventivas (con evidencias).
☐ Comunicación inmediata de emergencias y actualización de planes.
☐ Equipos de trabajo y EPI conformes a normativa y en buen estado.
☐ Contratistas/subcontratistas con acreditaciones PRL verificadas.
☐ Procedimientos de emergencia y evacuación vigentes y difundidos.
☐ Registros de formación, evaluación y coordinación conservados.